Ante las últimas declaraciones públicas realizadas por el partido PSOE relativas a la asunción, con cargos a los fondos municipales, de los gastos de defensa de la Sra. Alcaldesa, Dª Mª Eva Corrales, y del Primer Teniente de Alcalde, D. Lorenzo Sánchez, en varias de las causas penales abiertas contra los mismos; y dado que en dichas declaraciones el partido socialista, siguiendo lo que es tónica habitual de tergiversar la realidad omitiendo toda la información, nos vemos obligados nuevamente a realizar las siguientes aclaraciones :
a).- En todos los casos, los acuerdos de Junta de Gobierno Local , como no puede ser de otro modo, se han adoptado estrictamente en base a lo concluido en los Informes emitidos por los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento tras analizar las circunstancias concurrentes en cada caso. Servicios Jurídicos, por los que este equipo gobierno siente un profundo respeto por su profesionalidad e independencia, al igual que por el resto de los empleados públicos del Ayuntamiento
b).- En relación a los gastos de defensa por importe de 17.000 € en las Diligencias Previas nº 161/2013 y nº 787/2012, curiosamente omite decir el PSOE que dichos gastos, obviamente, no sólo son por la defensa de la Sra. Alcaldesa y D. Lorenzo Sánchez, sino que están incluidos también en dicha cantidad los gastos de defensa de los 9 empleados públicos imputados en esas dos causas penales.; resultando extremadamente llamativo que el PSOE no ponga ninguna objeción a que el Ayuntamiento asuma los costes de defensa de los empleados públicos y si, por el contrario, de los cargos políticos, siendo así que ambos casos se rigen por los mismos criterios legales, establecidos con claridad meridiana en la Ley 52/1997, de 27 Nov., de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, art 46 del RD 997/2003,de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado y Decreto 450/2000, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía y del Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía.
c).- En cuanto al nuevo acuerdo de Junta de Gobierno Local en relación con la defensa de los imputados en las Diligencias Previas nº 260/2012 (el llamado “caso de los Uniformes”), el PSOE omite decir que en esta causa penal D. Lorenzo Sánchez Alonso es asistido, desde la incoación de las mismas, con su propia defensa letrada costeada por él, respondiendo, el nuevo acuerdo de Junta de Gobierno, a los gastos de defensa de las nuevas imputaciones realizadas con fecha de 7 de marzo de 2014 y entre las que se encuentran no sólo cargos públicos sino también 8 empleados públicos.
d) .- Por lo que se refiere a la “sorpresa” que afirman los socialistas que les ha causado este nuevo Acuerdo de Junta de Gobierno pese a haber interpuesto ellos recurso contencioso-administrativo contra el anterior acuerdo referente a la defensa de los imputados en las Diligencias Previas nº 161/2013 y nº 787/2012; debemos reiterar una vez más que el mismo ha sido adoptado en base a lo concluido en el informe emitido al respecto por los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento. Lo que entendemos que obedece a que por dichos Servicios Jurídicos, y pese al contencioso interpuesto, se consideran, los informes emitidos, plenamente ajustados a derecho.
Consideramos, por tanto, totalmente inaceptables las declaraciones del POSE relativas a que este nuevo acuerdo es “injustificable” y “una prueba más del desprecio con que este equipo de gobierno gestiona el dinero de todos los roteños”. En efecto, el partido socialista como, cualquier ciudadano, está en su legítimo derecho de impugnar todo acuerdo que no considere ajustado a derecho. Pero obviamente, entendemos que, como mínimo y en aras a un elemental sentido de la prudencia y del pudor, antes de hacer declaraciones de ese tipo, debería esperar que a que recayera sentencia en esos procesos, máxime cuando, como ya hemos manifestado reiteradamente, el acuerdo se basa en un informe jurídico de la Asesoría, que merece todo nuestro respeto.
e).- En cuanto al “paralelismo” que manifiesta el PSOE que existe entre estos Acuerdos de Junta de Gobierno y el caso del Ayuntamiento de Santiago de Compostela, en el que recientemente ha recaído sentencia condenando a varios concejales por delito de prevaricación; nos llama sobremanera la atención que el PSOE, tras afirmar esto, haya optado por acudir precisamente en este caso a la jurisdicción contenciosa (jurisdicción, por cierto, que es la que realmente deben conocer y pronunciarse sobre estos asuntos) y no a la vía penal, tal como suele hacer . Baste como ejemplo, el tan aludido caso de los uniformes, en el que el PSOE curiosamente ha dejado transcurrir 10 años sin interponer un solo recurso ni en vía administrativa ni en vía contenciosa para, tras un curioso y repentino supuesto ánimo de defensa de la legalidad, acudir a la vía penal.
f).- Finalmente, y ante la preocupación que el partido socialista afirma tener por la gestión de los fondos públicos y su tesis de que cada imputado se busque y pague su propio abogado y, si finalmente resulta absuelto, dichos honorarios de los letrados sean abonados por el Ayuntamiento; no podemos sino señalar lo incoherente y absurdo de dicha postura . Efectivamente, – y con independencia de que dicha postura no se ajusta a lo dispuesto el la ley- no exige gran esfuerzo intelectivo alcanzar a comprender que resultaría muchísimo más gravoso (por no decir inasumible) para las arcas municipales que 17 imputados contraten cada uno un letrado y, si resultan absueltos, el Ayuntamiento tenga que pagar los honorarios de 17 letrados.